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Galicia Exporta Dixital

GALICIA EXPORTA DIXITAL (IG272)

Ubicación: Galicia

Beneficiario: Pyme

Plazo: 04/01/2024 - 04/03/2024

Estado:

Objetivo

Apoyar a las empresas gallegas en el desarrollo e implantación de un plan de internacionalización digital , con el fin de facilitar su presencia en mercados, acceso a clientes, la reducción de costes de transacción y publicidad, permitir abrir nuevos canales comerciales para potenciar las actividades económicas internacionales y el incremento de las exportaciones.

Beneficiarios

  • PYMES según el anexo I del Reglamento nº 651/2014
  • PYMES que tengan algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma Gallega

Tipo de apoyo

Subvención a fondo perdido en régimen de concurrencia no competitiva. Sujeta a minimis

Compatibilidades

Son incompatibles con otras ayudas o subvenciones públicas para los mismos costes.

Las ayudas serán en todo caso incompatibles si la empresa solicitante fue beneficiaria en otras convocatorias de esta misma línea de subvenciones salvo 2 excepciones:

  1. que solicite la ayuda para conceptos de gasto diferentes a los de anteriores convocatorias
  2. o se trate de proyectos referidos exclusivamente a los conceptos a.1, b.4 y b.5 y todos los del punto c) siempre que se ejecuten en país o países diferentes a los de anteriores convocatorias y que se justifique debidamente su necesidad en la memoria técnica.

No se apoyarán solicitudes de empresas que hayan sido beneficiarias de la ayuda IG240– Ayudas a la digitalización industria 4.0 (bases reguladoras de los talleres y de las ayudas a la digitalización Industria 4.0) en alguna de sus 2 últimas convocatorias (2023 y 2022).

Para subvenciones de importe > 30.000 €, las personas beneficiarias deben cumplir con la normativa en materia de plazos a proveedores,

Requisitos

  • Que tengan un importe de facturación en el último ejercicio con obligación de depósito de cuentas anuales en el Reg. Mercantil, o de presentación de la declaración de la renta, como mínimo del doble del proyecto presentado por la empresa en su solicitud de ayuda. Se tendrá por cumplido este requisito cuando exista una aportación por parte de los socios a los fondos propios de la sociedad por un importe mínimo del doble del presupuesto del proyecto presentado realizada en el año natural anterior al de presentación de solicitudes (2023)
  • Que tengan capacidad administrativa, financiera y operativa para cumplir las condiciones de la ayuda
  • Dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización (IG192) con informe positivo emitido a partir de 01/01/2013. En todo caso la solicitud de alta, deberá presentarse antes de que termine el plazo de solicitud.
  • Las pymes deberán contar en dicho centro, por lo menos, con un trabajador por cuenta ajena en la fecha de publicación en el DOG de estas bases de ayudas (DOG= 03/01/2023)
PLAZOS
Plazo solicitud desde 04/01/2024 hasta el 04/03/2024 ( 14:00h)
Plazo de ejecución / justificación El plazo de ejecución se iniciará en la fecha de solicitud y hasta la fecha establecida en la resolución de concesión sin que nunca exceda del:

30/11/2024: para acciones realizadas hasta esta fecha

31/03/2025 para solicitudes con acciones a realizar hasta esta fecha

Gastos subvencionables

Tipo de ayuda y cuantía máxima
CONSULTORÍA  GASTOS MÁX:
a.1) Asesoría jurídica y legal para la internacionalización digital: Comprende aquellos gastos que se relacionen directamente con la operativa digital internacional, como la adaptación al Reglamento general de protección de datos y, en general, a la operativa import-export en el comercio electrónico. 3.000 €
APLICACIONES INFORMÁTICAS ( Licencias de programas, desarrollos a medida o adaptaciones y software de pago por uso)
b.1) Soluciones tecnológicas P.I.M. (Product Information Management) para crear, gestionar y conectar catálogos digitales internacionales multi-idioma 6.000 €
b.2) Adquisición, programación a medida e integración de conectores entre plataformas y con sistemas de información (ERPs) 20.000 €
b.3) Solución de analítica y visualización de datos para elaborar cuadros de mando con indicadores (KPI´s) para el seguimiento y optimización de canales de ventas y de márketing online 20.000 €
b.4) Solución de inteligencia automatizada para la optimización de la supply chain y del fullfillment, por ejemplo, para la venta predictiva y el aprovisionamiento 18.000 €
b.5) Soluciones tecnológicas que faciliten la operativa internacional como, por ejemplo, la creación de suite de firma digital, soluciones de facturación electrónica internacional, soluciones de gestión internacional de tasas u otras soluciones de similar naturaleza 18.000 €
OTROS CONCEPTOS
c.1) Creación y adaptación catálogos en línea para márketing y ventas en mercados electrónicos objetivo, tanto B2B como B2C 4.000 €
c.2) Creación y adaptación de aplicaciones online a medida para el B2B en mercados electrónicos objetivos 20.000 €
c.3) Campañas de posicionamiento SEM en directorios internacionales con buscadores y en plataformas, incluidos los gastos de agencia 12.000 €
c.4) Solución de inbound márketing internacional para captar, retener, convertir y fidelizar a usuarios de interés objetivo del negocio online. Se Incluye desde la compra de las soluciones tecnológicas (incluida la adquisición mediante pago por uso), a su integración y también su gestión como servicio a vendedores online por parte de agencias 6.000 €
c.5) Creación y adaptación de tiendas en línea (web con venta on line) tanto B2C como sistemas de comercio electrónico orientados de la B2B 12.000 €
2.- COSTES INDIRECTOS: determinados mediante un método de coste simplificado consistente en un tipo fijo del 7% de los costes directos subvencionables
Costes distintos de los costes directos subvencionables, que no pueden vincularse directamente a la actividad subvencionada, pero resultan necesarios para su realización, en los que se incluyen los gastos administrativos (tales como gestión administrativa y contable), suministros (comunicaciones, agua, electricidad, calefacción, teléfono), seguros, mantenimiento o limpieza 7% costes directos

No se consideran subvencionables los gastos relativos a la renovación de licencias , se excluye: el equipamiento TIC básico, tal como ordenadores de sobremesa, portátiles teléfonos inteligentes, tablets e impresoras.Estos activos intangibles serán acreditables según se indica en el artículo 15.5g), que cumplan las condiciones del artículo 14.8 del Reglamento (UE) nº 651/2010 (DOUE L 187, DE 26 de junio)

Cuantía de las ayudas
60% costes directos sobre los epigrafes A, B y C

+7% costes indirecto sobre la totalidad de los costes directos subvencionables

Gasto por empresa en General Sector Agrario Sector Pesca
MÍNIMO 12.000€ 14.000€ 14.000€
MÁXIMO 100.000€ 25.000€ 40.000€

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